Uno de los elementos que el SAT pide le sea enviado como parte de la Contabilidad Electrónica, es el Catálogo de Cuentas. Este catálogo no es otra cosa, sino una lista de cuentas, categorizada y estructurada de manera jerárquica, y que le permite al ojo conocedor de un contador, o a cualquier otra persona con conocimientos básicos de contabilidad y administración, incluso deducir el giro principal de la empresa.
El Catálogo de Cuentas, como hemos dicho es una lista estructurada por niveles, que permite registrar ordenada y sistemáticamente, las operaciones de una empresa. Si bien el catálogo de cuentas es un elemento esencialmente usado por los contadores como parte de su rutina profesional para el correcto registro de los asientos contables, el contar con un catálogo correctamente estructurado, mantenido y respetado, dará a los reportes e informes financieros, una veracidad y precisión de gran utilidad.
Un catálogo de cuentas está organizado por niveles o escalones, que dependerán de la naturaleza y actividades de la compañía. A continuación, una figura sobre cómo está estructurado un catálogo de cuentas, ejemplificando con 2 cuentas, la de Bancos y la de Clientes.
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El Catálogo de Cuentas en la Contabilidad Electrónica.
De acuerdo con el SAT, el Catálogo de Cuentas deberá enviarse la primera vez que se haga la declaración electrónica y cada vez que este sufra un cambios.
Notas importantes sobre el catálogo de Cuentas:
· Deberá enviarse en formato XML.
· Se enviará por medio del Buzón Tributario.
· Contendrá las cuentas de nivel mayor y subcuentas.
Atributos del catálogo de cuentas según el Anexo 24
De acuerdo con el Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, el catálogo de cuentas debe contener los siguientes atributos:
· Versión. La cual deberá partir de la 1.0.2.
· RFC del contribuyente.
· Total de cuentas que contiene el catálogo.
· Mes en el que inicie la vigencia del catálogo para la balanza de comprobación.
· Año en el que inicie la vigencia del catálogo para la balanza de comprobación.
· Código agrupador de cuentas, de acuerdo al catálogo publicado por el SAT.
· Número de la cuenta.
· Descripción de la cuenta.
· Subcuentas, clave de la cuenta a la que pertenece.
· Nivel en que se encuentra la cuenta.
· Naturaleza de la cuenta (D – Deudora, A – Acreedora).
Los datos anteriores los presentamos a modo de brindar información general, sin embargo usted no debería preocuparse por estos detalles, pues su sistema de información se encargará de esto por usted, es decir que generará el archivo XML que contendrá el Catálogo de Cuentas, cumpliendo los atributos que pide hoy el SAT o incluso si los modificara en algún momento.
Como sabe, en el 2015 el SAT estará esperando recibir de parte de los contribuyentes, estos catálogos según lo definido en el Anexo 24, así entonces, debe poner manos a la obra para cumplir cabalmente con esta obligación de una manera fácil y sencilla, pero sobre todo, precisa. Una de las disposiciones es que los Catálogos de Cuentas deberán cumplir con la asignación de los Códigos Agrupadores y aunque
ésta no es una tarea compleja, es algo a tomarse muy en serio y dedicarle el tiempo para tener correctamente estructurado y asignado su Catálogo de Cuentas.
Para mayor referencia, ponemos a su disposición el documento oficial del SAT sobre Código Agrupador,
descárguelo dando clic aquí.
Tareas que debe comenzar de inmediato:
• Comenzar la asignación de códigos con la información del archivo que arriba puede descargar.
• Adaptar la asignación a la estructura de su Catálogo de Cuentas.
Con los productos de Logical Concept usted tendrá la tranquilidad de que tanto el Catálogo de Cuentas, así como los demás elementos solicitados por el SAT, serán perfectamente observados, así usted podrá simplemente dedicarse a hacer negocios para su empresa.
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¡Saludos!
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